OMIC

Nombre
Antiguo Hospital Militar
Dirección

Calle Alfonso XI, nº 6. 11201

Horario

10:00-13:30 (Lunes a Viernes) 

Teléfono

956 67 27 25

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) es un servicio municipal dependiente de la Delegación de Salud y Consumo del Ayuntamiento de Algeciras de atención directa a los ciudadanos para informarles, orientarles y asesorarles sobre los problemas que les pueden afectar en cuanto consumidores y usuarios.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor es un órgano que tiene atribuidas las siguientes funciones:

  • La información, ayuda y orientación técnica y jurídica a los consumidores y usuarios.
  • La recepción, registro y acuse de recibo de denuncias, reclamaciones y solicitudes de arbitraje de los consumidores, y su remisión a las entidades u órganos correspondientes.
  • Servir de cauce de mediación voluntario en conflictos.
  • Elevar consulta a los Consejos Provinciales o al Consejo Andaluz de Consumo en aquellos asuntos que se consideren de interés o relevancia para los consumidores.
  • Suministrar, a través de los órganos competentes en materia de consumo de la Administración de la Junta de Andalucía, la información requerida por las distintas Administraciones Públicas.
  • Recibir peticiones concretas, elevando éstas a las autoridades competentes, a fin de modificar algunos de los servicios que prestan, o bien establecer otros nuevos si se consideran necesarios.
  • Facilitar a los consumidores y usuarios los datos referentes a registro y autorización de productos y servicios, así como la regulación de los precios y condiciones de los productos o servicios.
  • Realizar campañas informativas.
  • Asistir a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y facilitar información sobre éstas.
  • Disponer de documentación técnica y jurídica sobre temas de consumo.

La creación en su momento de la OMIC (1984) deriva directamente del mandato contenido en la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, sobre las competencias que en todo caso ejercerá el Municipio. El artículo 25. 2 g) de la citada Ley atribuye competencia al Municipio en “Abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores”. La propia Ley 26/1984, de 19 de Julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, atribuía a las Corporaciones Locales funciones de información y educación del consumidor, el establecimiento de centros de información, la inspección de productos en materia de precios, etiquetado, publicidad y demás signos externos relacionados con cuestiones de higiene y seguridad, la inspección técnico-sanitaria, el fomento del asociacionismo y el ejercicio de la potestad sancionatoria.

La Ley 13/2003, de 17 de Diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, delimita en su artículo 21 las funciones y competencias de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor.

  

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