Actividades comerciales

ACTIVIDADES INCLUIDAS EN EL ANEXO DEL REAL DECRETO-LEY 19/2012. DE 25 DE MAYO, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERACIÓN DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS.

a) Para la realización de las Obras:

Para la realización de obras implantación o modificación de actividades de comercio minorista y determinados servicios en establecimientos (en el ámbito del Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo), deberán presentar el MODELO de Declaración Responsable de obras, DEBIDAMENTE CUMPLIMIENTADO en Gestión Tributaria. (Anexo 2).

Documentación obligatoria que deben acompañar:

- PRESUPUESTO estimado de las obras a realizar.
- Fotocopia de D.N.I del solicitante/representante y, en caso de tratarse de una sociedad C.I.F. y escrituras de constitución de la misma.
- Mandamiento o poder, en caso de que se tramite la solicitud por persona diferente al solicitante.
- Justificante del abono de las tasas correspondiente, que Gestión Tributaria le liquidan presentando la Declaración Responsable de las obras junto al presupuesto.

Documentación voluntaria: Proyecto técnico de obras e instalaciones.

→ Presentado el justificante del ABONO DE LAS TASAS pueden empezar la obras, mientras se tramita la Declaración Responsable de obras.

NORMATIVAS que deben cumplir las obras de adaptación para actividades relacionadas en el Anexo del Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo:

Normativa urbanística correspondiente al PGOU.

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

Documento básico para la Seguridad Contra incendios.

Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, o en su caso Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía.

Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las insfraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía y Orden de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y las instrucciones para su cumplimentación.

Normativa Compañía suministradora de abastecimiento de agua y saneamiento (EMALGESA).
Normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad compañía suministradora de electricidad (ENDESA).

Normativa Sectorial según la actividad.

b) Para el inicio de la actividad:

Acabadas las obras señaladas en la Declaración Responsable de obras presentadas para actividades incluidas en el anexo del real decreto-ley 19/2012. de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberación del comercio y de determinados servicios, deberá formalizarse la correspondiente DECLARACIÓN RESPONSABLE para aperturas de establecimientos. Para ello se presenta este modelo DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO en las oficinas de Gestión Tributaria, sitas en c/ Lola Peche, (Anexo 3).

Una vez ABONADA LA TASA (que le liquidan en Gestión Tributaria al presentar la Declaración Responsable de la apertura), puede iniciar la actividad y dará lugar al correspondiente control posterior por los técnicos municipales, a efectos de verificar el cumplimiento de la normativa reguladora de la misma.

Se retira en la Administración Tributaria (C/ Lola Peche) previo presentación del pago de la tasa y/o impuesto que corresponda.

Nota:
Fotocopia del Anexo del Real Decreto-Ley 19/2012. de 25 de mayo ( ANEXO 1).
Modelo de Declaración Responsable OBRAS (ANEXO 2).

ACTIVIDADES NO INCLUIDAS EN EL ANEXO DEL REAL DECRETO-LEY 19/2012. DE 25 DE MAYO, DE MEDIDAS URGENTES DE LIBERACION DEL COMERCIO Y DE DETERMINADOS SERVICIOS.

a) Para obras de adaptación de local:

Para la realización de las obras de adaptación de un local para destinarlo a una actividad NO INCLUIDA en el R.D.L. 19/2012, de 25 de mayo, deberán solicitar la correspondiente licencia de adaptación en las oficinas municipales de Gestión Tributaria.

Documentación necesaria:

1.- Fotocopia de D.N.I del solicitante/representante y, en caso de tratarse de una sociedad C.I.F. y escrituras de constitución de la misma.

2.- Mandamiento o poder, en caso de que se tramite la solicitud por persona diferente al solicitante

3.- Un ejemplar del proyecto en papel y 3 en CD redactado por técnico competente.

4- Cuestionario de edificación.

5- Oficios de dirección facultativa de técnicos competentes, legalmente autorizados.

6- Estudio de Seguridad y Salud.

7- Certificado de andamios, si fuese necesaria su colocación, suscrito por técnico competente.

Nota: La licencia de adaptación se retira en la administración tributaria (C/. Lola Peche) previo pago de la tasa y/o impuesto que corresponda.

b) Para el inicio de la actividad:

Acabadas las obras de adaptación, deberá formalizarse la correspondiente Declaración Responsable para la apertura, en las oficinas municipales de Gestión Tributaria, lo que facultará al interesado para el inicio de la actividad proyectada, en los términos previstos en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Apertura de Establecimientos para el ejercicio de Actividades Económicas.

Nota: Una vez concluida su tramitación se retira Administración Tributaria (C/. Lola Peche) previo pago de la tasa y/o impuesto que corresponda.