Licencias de Tala

 NORMATIVA DE APLICACIÓN

Ley Orgánica 6/1981, de 30 de Diciembre por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Ley 2/1989, de 18 de Julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
Real Decreto 209/2002, de 22de Febrero, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones apícolas.
Pliego de Condiciones Técnicas económicas particulares que han de regir en la ejecución del aprovechamiento apícola en el monte Majadal Alto (Ca-50003-CCAY) perteneciente al Ayuntamiento de Algeciras, a cargo de la Consejería de Medio Ambiente.
Convenio de Cooperación entre la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, Provincia de Cádiz, para la Gestión del Monte.
Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y sus modificaciones posteriores.
Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Ordenanza Municipal de Protección Ambiental publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz de fecha 21 de Enero de 1999.
Estatutos del Instituto Municipal para la Conservación de la Naturaleza del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras.

PROCEDIMIENTO

Presentación de solicitud por parte del interesado en la delegación (Árbol situado en zona privada)

Inicio expediente:

Petición Informe Técnico:
- Emisión Informes técnicos favorable o desfavorable, en el caso de que el informe sea contrario a la tala se le otorga periodo de audiencia al interesado previo a la resolución de la Alcaldía Presidencia.

Una vez obtenido los informe técnico favorable , se emite

Informe Jurídico.

Decreto de la Alcaldía Presidencia .

Licencia Municipal de Tala, que será remitida a Gestión Tributaria para el pago de las tasas correspondientes con anterioridad a su retirada.

Plazo plazo estimado de resolución de quince días.

Los aprovechamientos apícolas (colmenas, leña, etc) en los montes públicos municipales son informados por el Ingeniero Técnico Agrícola Municipal Don Ginés Pozuelo Rodríguez. Éstos con carácter previo deben poseer un informe favorable de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Cádiz que se adjuntará a la solicitud, dado que la gestión de los montes municipales le está atribuida en virtud de convenio de colaboración.

En el caso de que el informe sea contrario al aprovechamiento apícola se le otorga periodo de audiencia al interesado previo a la resolución de la Alcaldía Presidencia. En el caso de que el informe sea favorable a sus intereses se resolverá mediante Decreto de Alcaldía Presidencia otorgando la Licencia que será remitida a Gestión Tributaria para el pago de las tasas correspondientes con anterioridad a su retirada.

Puede acceder al trámite a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Algeciras (en desarrollo).