Licencias de Instalación y Funcionamiento de Estaciones Base de Telefonía Móvil

 NORMATIVA DE APLICACIÓN

- Carta Europea de Autonomía Local, de 15 de Octubre de 1985, ratificada por Instrumento de 20 de Enero de 1988
- Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
- Ley 30/92, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
- Ley 32/2003, de 3 de Noviembre, General de Telecomunicaciones.
- Real Decreto 1066/2001, de 28 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece las Condiciones de Protección del Dominio Público Radioeléctrico, Restricciones a las Emisiones Radioeléctricas y Medias de Protección Sanitaria frente a Emisiones Radioeléctricas.
- Orden CTE/23/2002, de 11 de Enero, por la que se establecen condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones.
- Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y sus modificaciones posteriores.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
- Texto Refundido que aprueba el Plan General de Ordenación Urbana de Algeciras.
- Ordenanza Municipal Reguladora de las Condiciones Urbanísticas de la Implantación y Funcionamiento de los elementos y equipos de telecomunicaciones en el término Municipal de Algeciras publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz de fecha 5 de Junio de 2002.
- Estatutos del Instituto Municipal para la Conservación de la Naturaleza del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras.

PROCEDIMIENTO

- Presentación de solicitud por parte del interesado.
(Dicha solicitud deberá presentarse en el Departamento de Gestión Tributaria de dos copias en papel y dos en formato digital de proyecto suscrito por técnico competente y debidamente visado por Colegio Profesional. En el acto de la presentación le serán entregadas las correspondientes hojas de pago para su liquidación.)
- Inicio expediente:
- Petición Informes Técnicos:
- Ingeniero Técnico Industrial Municipal: Instalaciones eléctricas ruidos y vibraciones y sistemas de extracción, entre otras cuestiones.
- Arquitecto Municipal: Adecuación de la actividad al planeamiento entre otras cuestiones.
- Emisión Informes técnicos favorable o desfavorable, en el último caso se da traslado al interesado al objeto de que proceda a su subsanación con la aportación por parte del solicitante de lo requerido en dicho informe.
- Una vez obtenido los informes técnicos favorables , se emite Informe Jurídico donde se resuelven las alegaciones presentadas y se concede trámite de audiencia si se hubieran efectuado alegaciones.
- Propuesta de Resolución de la Concejal Delegada de Medio Ambiente
- Decreto de la Alcaldía Presidencia.
- Licencia de Obras e Instalaciones.
- Finalización de las obras, el solicitante deberá aportar Certificado Final de Obras incluyendo la documentación acreditativa del cumplimiento de las medidas correctoras que constan en la Licencia de Obras.
- Petición Informes Técnicos, previa visita de inspección, a los técnicos municipales que informaron el proyecto para otorgar Licencia de Obras.
- Emisión Informes técnicos favorable o desfavorable, en el último caso se da traslado al interesado al objeto de que proceda a su subsanación con la aportación por parte del solicitante de lo requerido en dicho informe.
- Una vez obtenidos los informes técnicos favorables,
- Informe Jurídico.
- Decreto de la Alcaldía Presidencia.
- Licencia Municipal de Funcionamiento dela instalación.

En lo que respecta al plazo de ejecución no se puede establecer uno concreto para la resolución de los expedientes de concesión de Licencia de Funcionamiento de instalación, dado que depende en gran medida de los informes desfavorables que se sucedan en el expediente.

En el supuesto que la instalación pretenda llevarse a cabo sobre dominio público, con anterioridad a la concesión de la Licencia de Instalación, deberá remitirse expediente completo a la Delegación de Patrimonio para la tramitación de la ocupación de dominio público.