Ordenanza Municipal sobre las Zonas Ajardinadas y Arbolado Viario
Esta Ordenanza tiene por objeto regular, dentro de la esfera de la competencia municipal, la utilización, uso y disfrute de los parques, jardines, plazas ajardinadas, espacios libres y zonas verdes, elementos de juegos infantiles, bancos, papeleras y demás mobiliario urbano existente en los indicados lugares, así como el arbolado de la ciudad. Los usuarios de los parques, jardines, plazas ajardinadas, zonas libres y zonas verdes, juegos infantiles y mobiliario urbano deberán cumplir las instrucciones que al respecto figuran sobre su utilización e indicadores, anuncios, rótulos y señales sobre usos y prohibiciones en cada lugar. En cualquier caso, deberán atender las indicaciones que formulen los Guardas Jurados, los agentes de la Policía Local y del propio personal de Parques y Jardines y de la Delegación de Medio Ambiente.