Solicitud renovación padronal para extranjeros

Los extranjeros no comunitarios que estén empadronados en la localidad y a los que le cuenten más de 2 años sin realizar ningún movimiento padronal, están obligados a renovar su inscripción mediante presentación de un formulario, acompañado de la pertinente documentación acreditativa de su identidad (pasaporte, tarjeta de residencia).

El ayuntamiento, a instancias del INE, podrá iniciar el procedimiento de baja padronal de oficio contra aquellos que no hayan efectuado esta renovación. Los extranjeros comunitarios que no estén inscritos en el registro central de extranjeros del ministerio de interior estarán sujetos a renovación cada 2 años. Los que si dispongan de dicha inscripción, cada 5 años.

Esta solicitud puede ser cumplimentada a mano (utilizando mayúsculas tipo imprenta) o electrónicamente rellenando los campos correspondientes. Una vez cumplimentada y firmada debe presentarse en la Delegación de Estadística, en la C/ Regino Martínez nº 7.

También podrá realizarse de manera electrónica en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Algeciras haciendo uso del DNI electrónico o de un de un certificado digital.