Solicitud de tarifa especial de la ordenanza fiscal de la tasa sobre recogida de basura industrial

FAQ -TASA SOBRE RECOGIDA DE BASURA INDUSTRIAL

 

Pregunta: Soy propietario de un local que nunca desarrolló una actividad, ¿tengo que pagar la tasa de basura?.

Respuesta: Sí, porque todos los inmuebles aunque no se desempeñe actividad alguna, con independencia de que estén adaptados o no para el ejercicio de una actividad tienen que pagar esta tasa.

 

Pregunta: ¿Qué tarifa abonan aquellos locales comerciales que no desarrollan actividad económica?.

Respuesta: Los locales y establecimientos que no desarrollen actividad tienen que abonar un importe de 35,35 €.

 

Pregunta: ¿Qué requisitos tengo que cumplir para acogerme a la tarifa reducida de la Tasa de Basura Industrial?.

Respuesta: Presentando la solicitud, donde se recoja el compromiso firme de realizar el reciclaje de los residuos.

 

Pregunta: Soy propietario de una industria, ¿podría beneficiarme de alguna reducción en el pago de esta tasa?.

Respuesta: Sí, si usted presenta la solicitud donde se recoja el compromiso firme de realizar el reciclaje de los residuos podría beneficiarse de una reducción sobre la cuota de tarifa del 50% sobre el incremento producido en el 2005.

 

Pregunta: Cierro mi comercio, ¿debo seguir abonando esta tasa?.

Respuesta: Sí, porque todas las personas naturales o jurídicas que a título de propiedad ocupe un establecimiento o local debe estar obligados al pago del tributo aunque dicho local no desarrolle actualmente actividad alguna.

 

Pregunta: Me ha llegado el recibo de las tasas de un local que tengo alquilado, ¿debo pagarlo?.

Respuesta: Sí, porque con carácter obligatorio las personas naturales o jurídicas que a título de propiedad ocupe una vivienda, establecimiento o local y resulten beneficiados por el servicio.

 

Pregunta: Tengo dos empresas una en el centro de la ciudad y otra, en las pedanias con una superficie similar. El importe de la tasa sobre recogida de basuras industrial, ¿puede ser diferente?.

Respuesta: Sí, porque según la Ordenanza los locales de negocios donde se desarrollen las Actividades Económicas abonarán distintas tarifas según tipo de actividad, localización y superficie.