Expedientes de Disciplina Ambiental

 NORMATIVA DE APLICACIÓN

La disciplina ambiental se ejercerá de conformidad con lo preceptuado por el Decreto 165/2003, de 17 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Inspección, Control y Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía cuando se trate de una infracción tipificada en la Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos de Andalucía, o en por el Real Decreto 1389/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora cuando se trate de una infracción tipificada en la Ley 7/2007, de Gestión integrada de la Calidad Ambiental.